Se trata de una iniciativa para favorecer a los clubes de la ciudad con iluminación LED. El proyecto fue ingresado este jueves al Concejo Deliberante, para luego ser analizado por todo el cuerpo de ediles.
Guale Digital accedió al proyecto que manifiesta “la necesidad de promover políticas públicas orientadas a la eficiencia energética, el fortalecimiento de las instituciones deportivas y la reducción de costos operativos en clubes de barrio de la ciudad de Gualeguaychú”.
Aseguran que “que los clubes de barrio cumplen un rol social fundamental como espacios de contención, inclusión, formación y desarrollo comunitario; que dichas instituciones se ven afectadas por el incremento de los costos de los servicios públicos, particularmente el consumo de energía eléctrica, lo cual impacta directamente en su sostenimiento”.
Y que “la implementación de sistemas de iluminación LED permite una reducción significativa del consumo energético, contribuyendo a la eficiencia en el uso de recursos y a la disminución de costos operativos; que, asimismo, la mejora en la iluminación de instalaciones deportivas favorece la ampliación de horarios de uso, incrementando las posibilidades de acceso a actividades recreativas, deportivas y sociales; que resulta necesario que el Estado municipal promueva políticas activas de acompañamiento a las instituciones intermedias, fortaleciendo su infraestructura y garantizando su continuidad”.
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Por ello, el Honorable Concejo Deliberante de la municipalidad de Gualeguaychu sanciona la siguiente ordenanza
ARTÍCULO Nº 1.- CREESE el “Programa Municipal hagamos Led a nuestro Club”, destinado a promover la instalación, recambio y mejora de sistemas de iluminación eficiente en clubes de barrio y entidades deportivas de la ciudad.
ARTÍCULO Nº 2.- OBJETO. El programa tendrá como objetivos:
- a) Reducir el consumo energético de las instituciones beneficiarias;
- b) Disminuir los costos operativos vinculados al servicio eléctrico;c) Mejorar las condiciones de uso de las instalaciones deportivas;
- d) Fomentar la inclusión social, el deporte y la vida comunitaria;
- e) Promover el uso de tecnologías sustentables y eficientes.
ARTÍCULO Nº 3.-AUTORIDAD DE APLICACIÓN. Será la Dirección de Energía la autoridad de aplicación del presente programa o quien un futuro la reemplace.
ARTÍCULO Nº 4.- LA AUTORIDAD de Aplicación deberá presentar ante el Honorable Concejo Deliberante, durante el mes de noviembre de cada año, un informe detallado sobre el estado de avance del programa, el cual deberá contener, como mínimo, las acciones realizadas, los resultados obtenidos, la ejecución presupuestaria y los objetivos proyectados para el período siguiente.
ARTÍCULO Nº 5.- AUTORIZAR al poder ejecutivo a realizar la asignación presupuestaria correspondiente.
Este proyecto deberá ser analizado por los trece concejales que integran el cuerpo y posteriormente votado para ser implementado.